SAT: la multa de hasta 11 mil 540 pesos por no activar el Buzón Tributario aplicará desde el 1 de enero de 2027
La Resolución Miscelánea Fiscal 2026 aplazó la sanción; la obligación sigue vigente y hay excepciones para algunos contribuyentes.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) recordó que quienes no habiliten el Buzón Tributario, no registren sus medios de contacto o no los mantengan actualizados podrán recibir multas de entre 3 mil 850 y 11 mil 540 pesos a partir del 1 de enero de 2027. Así lo reportan Uno TV y El Informador.
De acuerdo con Uno TV, la Resolución Miscelánea Fiscal 2026, publicada en el Diario Oficial de la Federación, amplió el plazo para evitar la sanción. Esa omisión constituye una infracción conforme a los artículos 86-C y 86-D del Código Fiscal de la Federación. El Informador señala que el límite vence el 31 de diciembre de 2026 y que, desde el 1 de enero de 2027, las multas comenzarán a aplicarse a quienes incumplan.
El Buzón Tributario es el canal oficial de comunicación electrónica entre el SAT y los contribuyentes: por ahí se envían notificaciones, requerimientos y mensajes de interés, y permite presentar avisos y promociones fiscales. Si una persona no lo activa, el SAT puede notificarla por estrados, es decir, por otros medios legales.
Según Uno TV, deben habilitarlo todas las personas inscritas en el RFC, con algunas excepciones. El Informador detalla que es obligatorio para personas físicas con actividades empresariales, profesionales, de arrendamiento o que hayan emitido CFDI en los últimos doce meses, y que es opcional o innecesario para personas físicas sin obligaciones fiscales o sin actividad económica, personas morales con suspensión de actividades, contribuyentes con RFC cancelado y personas físicas con ingresos por salarios menores a 400 mil pesos anuales en el ejercicio anterior.
Para activarlo se ingresa al portal del SAT con contraseña o e.firma vigente, se habilita el canal de comunicación y se confirman los datos. El Informador indica que se debe registrar al menos un número de celular para recibir mensajes SMS y un correo electrónico válido, y validar los códigos de confirmación que lleguen a esos medios.
El plazo ha sido tema recurrente entre contribuyentes porque la sanción se había pospuesto en ocasiones anteriores; la nota del Informador subraya que el periodo de gracia está por expirar. Quienes tengan dudas sobre si están obligados pueden consultar el portal oficial del SAT o acudir a sus módulos de atención.



